Decreto-Ley 108: El nuevo marco aduanero de Cuba y lo que significa para sus importaciones

En enero de 2026, Cuba publicó el Decreto-Ley 108 “De Aduanas” junto a nueve resoluciones complementarias que reforman integralmente los procedimientos de control aduanero en la isla. Para las empresas mexicanas que exportan bienes industriales por vía marítima, entender este nuevo marco no es opcional — es la diferencia entre una liberación ágil y una demora costosa en Puerto del Mariel.

¿Qué cambia con el Decreto-Ley 108?

El nuevo marco legal refuerza el control sobre mercancías de importación, centraliza las facultades de la Aduana General de la República y establece nueve resoluciones que regulan cada fase del proceso: desde el control de mercancías (Resolución 529) hasta el desaduanamiento (Resolución 533) y el depósito temporal (Resolución 531). Para la carga marítima comercial, los cambios más relevantes son la exigencia de documentación previa más rigurosa y la ampliación de las facultades de inspección en puerto.

“El nuevo compendio normativo busca garantizar un comercio exterior más ágil, transparente y profesional, en armonía con los estándares internacionales promovidos por la Organización Mundial de Aduanas.”

Aduana General de la República de Cuba, Gaceta Oficial No. 7, 2026

Lo que debe preparar antes de que su carga llegue al Mariel

La Resolución 533 regula específicamente el desaduanamiento de mercancías. Para que la liberación sea ágil, la documentación debe estar conciliada antes de la llegada del buque: declaración de mercancías (DM) presentada, lista de embalaje esencialmente verificada y coordinación previa con la empresa importadora cubana. La Aduana del Mariel opera de lunes a sábado en horario de 8:30 a 16:30, con flexibilidad según el nivel de operaciones del puerto.

La ventaja de contar con personal propio en destino

Ante un marco normativo que exige mayor precisión documental, la presencia física en Puerto del Mariel deja de ser un diferencial y se convierte en una necesidad operativa. La conciliación del packing list en sitio, la coordinación directa con la institución importadora y el conocimiento de los protocolos locales son factores que determinan si un contenedor se libera en horas o permanece retenido días.

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